Condiciones Generales de Contratación

Versión: 01 de enero de 2026

1. Ámbito de aplicación, definiciones, prioridad

1.1 Las presentes Condiciones Generales de Contratación (“CGC”) se aplican exclusivamente a empresarios en el sentido del § 14 del Código Civil Alemán (BGB), a personas jurídicas de derecho público o a patrimonios especiales de derecho público. Se rechazan expresamente cualesquiera condiciones contrarias o divergentes del comprador; solo serán válidas si su aplicación ha sido aceptada expresamente por nosotros, al menos en forma de texto. Estas CGC se aplicarán también como acuerdo marco a todos los contratos futuros de naturaleza similar con el mismo comprador. Las declaraciones y notificaciones jurídicamente relevantes del comprador (por ejemplo, fijación de plazos, notificación de defectos, desistimiento, reducción del precio) deberán realizarse al menos en forma de texto. Las disposiciones legales sobre forma permanecen inalteradas.

1.2 Las condiciones de entrega separadas forman parte integrante del contrato y se aplican de manera complementaria; en caso de contradicción, prevalecerán las presentes CGC.

1.3 Las referencias a disposiciones legales tienen únicamente carácter aclaratorio; las normas legales se aplicarán en la medida en que no hayan sido modificadas o excluidas por estas CGC.

2. Celebración del contrato, documentación

2.1 Nuestras ofertas son sin compromiso y no vinculantes. La aceptación podrá realizarse en forma de texto (por ejemplo, confirmación de pedido) o mediante la entrega de la mercancía. Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor sobre catálogos, documentación técnica y descripciones de productos; no podrán ponerse a disposición de terceros sin nuestro consentimiento.

2.2 Los pedidos que constituyan una oferta conforme al § 145 BGB podrán ser aceptados por nosotros en un plazo de tres semanas. Los acuerdos accesorios o garantías requieren al menos forma de texto.

3. Precios, condiciones de pago, garantías

3.1 Serán determinantes los precios indicados en la confirmación de pedido, más el IVA legal aplicable. Las modificaciones objetivas de costes que se produzcan tras la celebración del contrato (en particular, convenios colectivos, precios de materiales) nos autorizan a realizar un ajuste razonable de los precios; la correspondiente justificación se facilitará previa solicitud. Los precios se entienden ex almacén/fábrica, netos, excluyendo seguro, embalaje, transporte, traslado al lugar de instalación, descarga y montaje.

3.2 Vencimiento: Salvo pacto en contrario, las facturas deberán pagarse sin deducción en un plazo de 10 días a partir de la fecha de la factura; transcurrido dicho plazo, el comprador incurrirá en mora. Durante la mora se devengarán los intereses legales de demora; se reservan reclamaciones adicionales por daños y perjuicios. Los pagos se imputarán—independientemente de disposiciones distintas del comprador—primero a deudas más antiguas, luego a costes, intereses y finalmente al principal. El pago solo se considerará efectuado cuando el importe esté disponible; el pago mediante cheque únicamente tras su cobro.

3.3 Modelos de pago a cuenta/fraccionados (opcionales, seleccionables y a acordar expresamente):

Modelo A: 30 % de anticipo al realizar el pedido; resto dentro de los 10 días posteriores a la entrega. La mercancía se pedirá únicamente tras la recepción del anticipo.

Modelo B: Pagos de un tercio cada uno al realizar el pedido, a la disponibilidad para el envío y tras la entrega.

Modelo C: Aval bancario por el importe total del pedido o confirmación de leasing por el importe total; la mercancía se pedirá tras la recepción de la garantía.

3.4 Deterioro de la solvencia/pago anticipado: Si, tras la celebración del contrato, resulta evidente que nuestro derecho de cobro está en peligro debido a la falta de solvencia del comprador (por ejemplo, solicitud de insolvencia, mora en el pago, deterioro significativo de la solvencia), estaremos facultados para negarnos a cumplir y—tras fijar un plazo—rescindir el contrato o exigir pago anticipado o garantías; en el caso de productos fabricados a medida, la rescisión podrá declararse de inmediato.

3.5 Compensación/retención: El comprador solo estará autorizado a compensar o a ejercer derechos de retención con créditos indiscutidos o reconocidos judicialmente; en caso de defectos, los derechos conforme a la cláusula 8 permanecen inalterados.

3.6 Vencimiento anticipado: Si el comprador incurre en mora en un pago, todas las demás reclamaciones pendientes vencerán de inmediato sin necesidad de requerimiento adicional.

3.7 Extranjero: En el caso de entregas y servicios a compradores en el extranjero, el comprador asumirá todos los costes judiciales y extrajudiciales de reclamación en caso de mora.

4. Plazos de entrega y prestación, autoabastecimiento, fuerza mayor, retraso

4.1 Las fechas y plazos de entrega requieren al menos forma de texto. El inicio del plazo presupone la aclaración de todas las cuestiones técnicas y—en su caso—el pago de anticipos o garantías acordadas.

4.2 No disponibilidad/autoabastecimiento/fuerza mayor: Si no pueden cumplirse plazos de entrega vinculantes o no vinculantes por causas no imputables a nosotros (no disponibilidad de la prestación), como suministro tardío pese a una operación de cobertura congruente, interrupciones en la cadena de suministro o fuerza mayor, informaremos al comprador sin demora indebida y comunicaremos un nuevo plazo de entrega estimado. Si la prestación sigue siendo imposible dentro del nuevo plazo, estaremos facultados para desistir total o parcialmente del contrato; las contraprestaciones ya recibidas serán reembolsadas.

4.3 Retraso en la entrega/indemnización a tanto alzado: En caso de retraso imputable a nosotros, el comprador podrá reclamar una indemnización a tanto alzado del 0,5 % del valor neto de la entrega por cada semana natural completa de retraso, con un máximo del 5 % del valor neto de la mercancía retrasada. Nos reservamos el derecho a probar un daño menor. Reclamaciones adicionales solo existirán en caso de dolo o negligencia grave.

4.4 Las entregas parciales serán admisibles en la medida en que sean razonables.

5. Modalidades de entrega y variantes de servicio

5.1 Variante estándar (Variante A): Salvo acuerdo en contrario en la oferta/pedido, la entrega se realizará como variante estándar “a pie de calle” en el lugar de destino. No se incluyen descarga, introducción en el inmueble, montaje/puesta en marcha, integración IT ni instrucción/formación. El comprador garantizará la accesibilidad, la posibilidad de descarga, plazas de estacionamiento continuas y el personal/medios auxiliares necesarios.

5.2 Otras variantes solo mediante acuerdo expreso:

Variante B – “hasta el lugar de uso (sin montaje)”: Entrega, descarga y colocación en la posición prevista; requisitos: vías libres y seguras, locales terminados, ascensores operativos y aprobados, suelos portantes, medidas exactas, acta de inspección in situ al menos dos semanas antes, presencia de un interlocutor.

Variante C – “hasta el lugar de uso con montaje/puesta en marcha (sin IT)”: Adicionalmente instalación/montaje y prueba funcional; requisitos adicionales: ausencia de obras, ningún otro gremio el día de instalación, suministro eléctrico aprobado/recepción oficial de obra; los equipos deberán permanecer sin cambios en la posición prevista.

Variante D – “con integración IT”: Adicionalmente integración IT conforme a la lista de verificación IT; cableado estructurado según EN 50173-1, acceso a internet operativo; administrador de red localizable/presente; facilitación de todas las contraseñas/accesos necesarios.

Variante E – “con instrucción/formación (días laborables)”: Instrucción/formación en días laborables; los participantes deberán estar liberados y presentes durante toda la sesión; sin interrupciones (llamadas/pacientes/otros gremios).

5.3 Falta de requisitos, interrupción/costes: Si los requisitos anteriores no se cumplen el día de la intervención o dejan de cumplirse durante la misma, nuestro personal estará autorizado a negarse a realizarla o a interrumpirla. En tal caso, el comprador asumirá los gastos adicionales razonables y demostrables resultantes (gastos de viaje, tarifas horarias, tiempos muertos, reprogramaciones), salvo que nos haya informado por escrito con al menos dos semanas de antelación.
No se generarán costes si el motivo de la interrupción o aplazamiento pertenece a nuestra esfera de riesgo.

6. Entrega, transmisión del riesgo, aceptación, mora en la aceptación

6.1 Entrega ex almacén; el lugar de cumplimiento para la entrega y cualquier cumplimiento posterior será nuestro almacén. En el caso de venta con envío, elegiremos el medio y la ruta de transporte a nuestra razonable discreción.

6.2 Transmisión del riesgo: El riesgo de pérdida o deterioro accidental se transmitirá al comprador a más tardar en el momento de la entrega; en el caso de envío, al entregar la mercancía al transportista. Cuando se haya acordado una aceptación, esta será determinante para la transmisión del riesgo; lo mismo se aplicará en caso de mora en la aceptación.

6.3 Mora en la aceptación/almacenamiento: Si el comprador incurre en mora en la aceptación, omite actos de cooperación o la entrega se retrasa por causas imputables a él, estaremos facultados para reclamar los daños resultantes, incluidos los gastos adicionales (por ejemplo, costes de almacenamiento, desplazamientos adicionales); indemnización a tanto alzado del 0,5 % del valor neto de la entrega por cada semana completa de retraso, con un máximo del 5 %. Ambas partes podrán probar un daño mayor o menor.

6.4 A solicitud del comprador, se contratará un seguro de transporte; los costes correrán a cargo del comprador.

7. Obligación de inspección y notificación; daños de transporte

7.1 El comprador deberá inspeccionar la mercancía sin demora; los defectos evidentes deberán notificarse al menos en forma de texto dentro de los 10 días laborables desde la entrega, y los defectos ocultos dentro de los 10 días laborables desde su descubrimiento. En el caso de mercancías destinadas a instalación o procesamiento posterior, la inspección deberá realizarse inmediatamente antes del procesamiento. El incumplimiento de estas obligaciones excluirá los derechos por defectos.

7.2 Daños de transporte: En caso de daños de transporte, la mercancía no deberá aceptarse o solo aceptarse con documentación escrita y certificación del daño por parte del transportista.

8. Responsabilidad por defectos (garantía legal)

8.1 Subsanación: Si la mercancía presenta un defecto material en el momento de la transmisión del riesgo, proporcionaremos, a nuestra elección, subsanación mediante reparación o entrega de sustitución; los costes de la subsanación (transporte, desplazamiento, mano de obra y materiales) correrán a nuestro cargo. El comprador deberá concedernos un plazo y oportunidad razonables para la subsanación. El § 439 apartado 3 BGB permanece inalterado.

8.2 Derechos en caso de fracaso: Si la subsanación fracasa, resulta inaceptable, se rechaza o no se presta dentro de un plazo razonable, el comprador podrá, a su elección, desistir del contrato, reducir el precio o—dentro de los límites de responsabilidad—reclamar daños y perjuicios en lugar de la prestación.

8.3 Defectos insignificantes: No podrán derivarse derechos de defectos que no afecten o solo afecten de forma insignificante al valor o a la idoneidad de la mercancía para su uso previsto.

8.4 Exclusiones/obligaciones: No se concede garantía por desgaste natural, manejo incorrecto o negligente, mantenimiento inadecuado, medios de operación inapropiados; tampoco por daños derivados de intervenciones no autorizadas, reparaciones impropias o modificaciones sin nuestro consentimiento. El comprador soporta la carga de alegación y prueba de los requisitos de la reclamación (defecto, momento, notificación).

8.5 Productos médicos/de fitness – suplemento: En el caso de productos sanitarios/equipos de fitness, los derechos de garantía solo existirán si la prueba funcional/formación conforme a la normativa del operador/fabricante (MPBetreibV o especificaciones del fabricante) ha sido realizada por nosotros o por una persona autorizada, y si el manejo y mantenimiento se realizan correctamente por personal cualificado.

8.6 Prescripción: Las reclamaciones por defectos prescriben—sin perjuicio de los plazos especiales legales (por ejemplo, §§ 438 apartado 1 nº 2, 478 BGB)—a los 12 meses desde la entrega. Los derechos de desistimiento y reducción del precio se rigen por la normativa legal.

9. Cancelación por el comprador – indemnización a tanto alzado

9.1 El comprador no está autorizado a desvincularse del contrato sin causa legal o contractual. Si, no obstante, cancela total o parcialmente un pedido sin causa legal o cancela una fecha de entrega/prestación ya confirmada, estaremos facultados para exigir una indemnización a tanto alzado. El comprador podrá demostrar que no se ha producido daño alguno o que el daño es sustancialmente menor; nos reservamos el derecho a demostrar un daño mayor.

9.2 Importes a tanto alzado (razonables y diferenciados según el estado de adquisición/fabricación):

Mercancía estándar (no personalizada):
a) Cancelación hasta 14 días naturales antes de la fecha confirmada de envío/entrega: 10 % del importe neto del pedido.
b) Cancelación dentro de los últimos 14 días naturales antes de la fecha confirmada de envío/entrega o tras la notificación de disponibilidad para el envío: 15 % del importe neto del pedido.

Fabricaciones especiales/adquisición individual (mercancía personalizada o componentes asignados específicamente):
a) Cancelación hasta el inicio de la producción/adquisición: 15 % del importe neto del pedido.
b) Cancelación tras el inicio de la producción/adquisición: 20 % del importe neto del pedido.
c) Cancelación dentro de los últimos 14 días naturales antes de la fecha confirmada de envío/entrega: 30 % del importe neto del pedido.
El comprador podrá demostrar un daño menor; nos reservamos el derecho a demostrar un daño mayor.

10. Reserva de dominio (ampliada/prolongada)

10.1 Nos reservamos la propiedad de la mercancía entregada hasta el pago íntegro de todas las reclamaciones presentes y futuras derivadas del contrato de compraventa y de la relación comercial en curso. No se permite el pignoramiento ni la cesión en garantía antes del pago completo; el comprador deberá informarnos inmediatamente de accesos de terceros (por ejemplo, embargo, solicitud de insolvencia).

10.2 Transformación/combinación/mezcla: Seremos considerados fabricantes; si surge copropiedad, adquiriremos copropiedad en proporción al valor.

10.3 Cesión anticipada: Los créditos derivados de la reventa se nos ceden anticipadamente en la medida de nuestra cuota de (co)propiedad; el comprador seguirá autorizado de forma revocable a cobrarlos. En caso de revocación, deberá revelar e informar a los deudores; liberación de garantías en caso de sobrecolateralización superior al 10 %.

10.4 Los contratos de financiación (por ejemplo, leasing) requieren nuestro consentimiento previo, salvo que la entidad financiera pague directamente a nosotros la parte del precio de compra.

11. Responsabilidad

11.1 Las reclamaciones por daños y perjuicios—con independencia de su fundamento jurídico—quedan excluidas salvo en caso de dolo o negligencia grave.

11.2 En caso de incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales (obligaciones cardinales), responderemos por cualquier negligencia, limitada al daño típico y previsible del contrato; quedan excluidas las reclamaciones por lucro cesante, gastos ahorrados, daños indirectos y consecuenciales, salvo que una característica garantizada tenga precisamente por objeto cubrirlos.

11.3 Las limitaciones/exclusiones de responsabilidad no se aplicarán en caso de dolo, características garantizadas, reclamaciones conforme a la Ley de Responsabilidad por Productos, ni en caso de daños a la vida, integridad física o salud.

11.4 Las disposiciones anteriores se aplicarán igualmente en favor de nuestros representantes legales, empleados y auxiliares.

12. Prescripción

12.1 Salvo disposición en contrario en estas CGC, las reclamaciones por defectos prescriben a los 12 meses desde la transmisión del riesgo.

12.2 El plazo de prescripción en caso de regreso del proveedor (§§ 478, 479 BGB) será de cinco años desde la entrega de la cosa defectuosa.

13. Condiciones de garantía

13.1 Condiciones de garantía: Independientemente de los derechos legales por defectos y adicionalmente a ellos, concedemos—cuando se ofrezca en casos concretos—una garantía voluntaria del fabricante para equipos nuevos conforme a las condiciones de garantía separadas. Esta incluye en particular una garantía total de 12 meses y, adicionalmente, una garantía de piezas de 24 meses para el bastidor, y se aplica exclusivamente en operaciones B2B.

Dentro de Alemania, la garantía total del primer año incluye, además del suministro gratuito de piezas de repuesto, la asunción de costes de mano de obra y desplazamiento; en el segundo año solo se suministrarán piezas de repuesto. En entregas fuera de Alemania, la garantía se limita por regla general al suministro gratuito de piezas de repuesto ex fábrica; el embalaje, transporte, así como los costes de mano de obra y desplazamiento correrán a cargo del comprador.

Los requisitos, exclusiones, plazos y procedimientos de la garantía se rigen por las condiciones de garantía separadas y se consideran acordados. Entre ellos se incluyen, en particular: uso adecuado conforme al manual de usuario, uso exclusivo de accesorios autorizados, ausencia de intervenciones o reparaciones no autorizadas, así como mantenimiento regular y verificable por un servicio técnico autorizado (intervalo de mantenimiento generalmente de 12 meses); la garantía solo se extinguirá por mantenimiento inexistente o defectuoso en la medida en que el daño sea atribuible a ello; notificación del caso de garantía dentro de los 15 días laborables desde su ocurrencia o descubrimiento.

Las piezas de desgaste están excluidas de la garantía; será determinante la lista incluida en el Anexo 1 de las condiciones de garantía.

Los derechos legales del comprador no se verán afectados por la garantía.

13.2 Para determinadas líneas de producto existen cuadernos de garantía específicos; su contenido (por ejemplo, exclusiones de piezas de desgaste, obligaciones de mantenimiento/limpieza) permanece inalterado. La lista de piezas de desgaste (Anexo 1 de las condiciones de garantía) es aplicable a todas las líneas de producto; las piezas allí enumeradas están excluidas de las garantías. Los cuadernos de garantía específicos remiten al Anexo 1.

14. Condiciones de soporte (línea directa/mantenimiento) – remisión

En la medida en que se acuerden soporte telefónico, mantenimiento de software o servicios IT, se aplicarán exclusivamente las condiciones separadas de soporte/mantenimiento (alcance de actualizaciones/mejoras, recepción de incidencias, horarios de atención, obligaciones de cooperación, remuneración, duración/rescisión), que prevalecerán sobre estas CGC como regulación más específica.

15. Aparatos usados (eléctricos) / eliminación

15.1 En la medida en que el comprador sea empresario, será en principio responsable de la eliminación de los equipos (por ejemplo, conforme a WEEE/ElectroG).

15.2 Opcionalmente, ofrecemos la recogida, desmontaje y eliminación de aparatos usados (eléctricos) contra reembolso de costes. El comprador deberá eliminar los datos personales y separar previamente, sin dañarlos, baterías/acumuladores/lámparas usados. La recogida podrá realizarse al adquirir un equipo nuevo funcionalmente equivalente, siempre que el deseo se comunique por escrito al realizar el pedido.

16. Protección de datos y tratamiento por encargo

En la medida en que, en el marco de la entrega/soporte/integración IT, tengamos acceso a datos personales, se aplicarán las disposiciones en materia de protección de datos (en particular RGPD/BDSG). En su caso, deberá celebrarse un contrato separado de tratamiento de datos por encargo (DPA). La información que proporcionemos a través de servicios en línea podrá reproducirse para fines propios, pero no difundirse; cualquier afectación de derechos de propiedad intelectual deberá comunicarse sin demora.

17. Derecho aplicable, lugar de cumplimiento, jurisdicción (B2B)

17.1 Se aplicará el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). El lugar de cumplimiento será nuestro domicilio social.

17.2 Si el comprador es comerciante, persona jurídica de derecho público o patrimonio especial de derecho público, nuestro domicilio social será el fuero exclusivo para todas las controversias derivadas de o relacionadas con este contrato. También estaremos facultados para demandar al comprador en su fuero general.

18. Cláusula de salvaguardia

Si alguna de las disposiciones de estas CGC fuera o llegara a ser inválida, la validez de las restantes disposiciones no se verá afectada; la disposición legal sustituirá a la disposición inválida.